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+Artículo 63 1. |
Artículo 63 1.Todas las partes involucradas en la aplicación del presente Reglamento respetarán la confidencialidad de la información y los datos obtenidos en el ejercicio de sus funciones y actividades de modo que se protejan, en particular:
a)
los derechos de propiedad intelectual y la información empresarial confidencial o los secretos comerciales de las personas físicas o jurídicas, incluido el código fuente, salvo en los casos contemplados en el artículo 5 de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 );
b)
la aplicación eficaz del presente Reglamento, en particular a efectos de investigaciones, inspecciones o auditorías;
c)
los intereses públicos y de seguridad nacional;
d)
la integridad de las causas penales o los procedimientos administrativos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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