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+Artículo 64 9. |
Artículo 64 9.Según las circunstancias de cada caso concreto, podrán imponerse multas administrativas de manera adicional a cualquier otra medida correctora o restrictiva aplicada por las autoridades de vigilancia del mercado por la misma infracción.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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