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+Artículo 35 2. |
Artículo 35 2.El informe a que se refiere el apartado 1 incluirá:
a)
un resumen de las actividades de la Comisión, incluidas todas las medidas o decisiones adoptadas y las investigaciones de mercado en curso que estén relacionadas con el presente Reglamento;
b)
las conclusiones que se extraigan del control del cumplimiento por parte de los guardianes de acceso de sus obligaciones en virtud del presente Reglamento;
c)
una valoración de la descripción auditada que se contempla en el artículo 15;
d)
una sinopsis de la cooperación entre la Comisión y las autoridades nacionales en torno al presente Reglamento;
e)
una sinopsis de las actividades y tareas realizadas por el Grupo de Alto Nivel de Reguladores Digitales, que indique la manera en que deben aplicarse sus recomendaciones por cuanto se refiere a la ejecución del presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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