+Artículo 111 3.

Artículo 111 3.

El valor de exposición de un compromiso relacionado con una partida fuera de balance a que se refiere el apartado 2 del presente artículo será el menor de los siguientes porcentajes del valor nominal del compromiso, una vez deducidos los ajustes por riesgo de crédito específico y los importes deducidos de conformidad con el artículo 36, apartado 1, letra m):

a) 

el porcentaje a que se refiere el apartado 2 del presente artículo aplicable a la partida respecto a la cual se contrae el compromiso;

b) 

el porcentaje a que se refiere el apartado 2 del presente artículo aplicable al tipo de compromiso.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito