+Artículo 199 6.

Artículo 199 6.

Las autoridades competentes permitirán que las entidades utilicen como garantía admisible garantías reales físicas de tipo diferente de los indicados en los apartados 2, 3 y 4, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) 

que existan mercados líquidos, según lo acredite la frecuencia de las operaciones atendiendo al tipo de activo, que permitan la realización de la garantía de una forma rápida y eficiente desde una perspectiva económica. Las entidades verificarán el cumplimiento de esta condición periódicamente y siempre que haya indicios de cambios significativos en el mercado;

b) 

que existan precios de mercado para esas garantías bien establecidos y a disposición del público. Las entidades podrán considerar bien establecidos los precios de mercado que procedan de fuentes de información fiables, tales como los índices públicos, y que reflejen el precio de las operaciones en condiciones normales. Podrán considerar que los precios de mercado están a disposición del público cuando dichos precios se divulguen, sean fácilmente accesibles, y puedan obtenerse con regularidad y sin carga administrativa ni financiera indebida alguna;

c) 

que la entidad analice los precios de mercado, los plazos y los costes necesarios para realizar la garantía y el producto de la misma;

▼M17

d) 

que la entidad demuestre que, al menos en el 90 % de todas las liquidaciones de un tipo determinado de garantías reales, los ingresos obtenidos de la garantía real no son inferiores al 70 % del valor de la garantía real; cuando la volatilidad de los precios de mercado sea elevada, la entidad deberá demostrar, a satisfacción de la autoridad competente, que su valoración de la garantía real es suficientemente prudente.

▼B

Las entidades documentarán el cumplimiento de las condiciones establecidas en el párrafo primero, letras a) a d), y las establecidas en el artículo 210.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito