+Artículo 273 9.

Artículo 273 9.

En el caso de los métodos indicados en las secciones 3 a 6 del presente capítulo, las entidades tratarán las operaciones en las que se haya detectado un riesgo específico de correlación adversa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 291, apartados 2, 4, 5 y 6.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito