+Artículo 274 7.
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Artículo 274 7.
El valor de exposición de una operación con derivados de crédito que represente una posición larga en el subyacente podrá limitarse al importe de la prima impagada pendiente siempre que se trate cada operación en sí misma como un conjunto de operaciones compensables que no está sometido a un acuerdo de margen.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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