+Artículo 325 2.

Artículo 325 2.

Los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado calculados con arreglo al método estándar simplificado serán la suma de los siguientes requisitos de fondos propios, según proceda:

a) 

los requisitos de fondos propios por riesgo de posición a que se refiere el capítulo 2, multiplicado por:

i) 

1,3 , para los riesgos generales y específicos de las posiciones en instrumentos de deuda, excluidos los instrumentos de titulización a que se refiere el artículo 337,

ii) 

3,5 , para los riesgos generales y específicos de las posiciones en instrumentos de renta variable;

b) 

los requisitos de fondos propios por riesgo de tipo de cambio a que se refiere el capítulo 3, multiplicados por 1,2 ;

c) 

los requisitos de fondos propios por riesgo de materias primas a que se refiere el capítulo 4, multiplicados por 1,9 ;

d) 

los requisitos de fondos propios para instrumentos de titulización a que se refiere el artículo 337.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito