Artículo 325quater 5.
Las entidades revisarán de forma independiente y a satisfacción de las autoridades competentes el método estándar alternativo que utilicen a efectos del presente capítulo, ya sea en el marco de su proceso periódico de auditoría interna, ya sea encomendando dicha revisión a una empresa tercera. El resultado de esta revisión se comunicará a los órganos de gestión pertinentes. A efectos del párrafo primero, por «empresa tercera» se entenderá toda empresa que preste servicios de auditoría o consultoría a entidades y que disponga de personal suficientemente capacitado en el ámbito de los riesgos de mercado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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