+Artículo 412 2.
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Artículo 412 2.
Las entidades evitarán el doble cómputo de las salidas de liquidez, las entradas de liquidez y los activos líquidos. A menos que se especifique lo contrario en el acto delegado a que se hace referencia en el artículo 460, apartado 1, cuando una partida pueda ser incluida en más de una categoría de salidas de liquidez, se contabilizará en aquella que produzca la mayor salida de liquidez contractual para esta partida.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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