+Artículo 24 Capital interno y activos líquidos
---+Artículo 24 1.
---+Artículo 24 2.
|
Artículo 24 Capital interno y activos líquidos
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
Artículo 24 1.
|
Las empresas de servicios de inversión que no cumplan las condiciones establecidas en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2033 para considerarse empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas dispondrán de sistemas, estrategias y procedimientos sólidos, eficaces y exhaustivos a fin de evaluar y mantener de forma permanente los importes, los tipos y la distribución del capital interno y de activos líquidos que consideren adecuados para cubrir la naturaleza y el nivel de los riesgos que dichas empresas de servicios de inversión pueden suponer para terceros a los cuales estén o puedan estar expuestas ellas mismas.
|
|
Artículo 24 2.
|
Los sistemas, estrategias y procedimientos a que se refiere el apartado 1 serán adecuados y proporcionados a la naturaleza, escala y complejidad de las actividades de la empresa de servicios de inversión correspondiente. Serán objeto de revisión interna periódica. Las autoridades competentes podrán exigir a aquellas empresas de servicios de inversión que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2033 para considerarse empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas la obligación de aplicar los requisitos establecidos en el presente artículo en la medida en que dichas autoridades lo estimen pertinente.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|