+Artículo 4 Externalización
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Artículo 4 Externalización

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 4 1

1.   Las autoridades competentes verificarán que la externalización por parte de una entidad de cualquier tarea, actividad o función relacionada con el diseño, la aplicación y la validación de modelos internos no impida u obstaculice la aplicación de la metodología de evaluación establecida en el presente Reglamento.

Artículo 4 2

2.   A efectos del apartado 1, las autoridades competentes verificarán si:

a)

las tareas y responsabilidades reservadas a la unidad de control de riesgos no se externalizan;

b)

la alta dirección y el órgano de dirección participan activamente en la supervisión de toda tarea externalizada por la entidad y en la adquisición por parte de terceros de soluciones informáticas de gestión de riesgos;

c)

la propia entidad tiene un conocimiento suficiente de las tareas, actividades o funciones externalizadas y de la estructura de los datos y metodologías obtenidos de un tercero, y es capaz de verificar la calidad del trabajo realizado por el tercero al que externalice sus tareas, así como los resultados de dicho trabajo;

d)

la auditoría interna y el seguimiento continuo por parte de la entidad de las tareas, actividades y funciones externalizadas no se ven limitados ni obstaculizados por dicha externalización;

e)

se concede pleno acceso a toda la información pertinente a las autoridades competentes.

Artículo 4 3

3.   Las autoridades competentes verificarán que los terceros implicados en el desarrollo de métodos de evaluación del riesgo de mercado utilizados por la entidad no participan en la validación interna inicial o continua del modelo por parte de la entidad.

Artículo 4 4

4.   A efectos de los apartados 1, 2 y 3, las autoridades competentes revisarán el acuerdo de externalización entre la entidad y el tercero. Cuando proceda, las autoridades competentes también podrán:

a)

entrevistar a cualquiera de las siguientes personas o exigir la presentación de declaraciones escritas de cualquiera de las siguientes personas:

i)

el personal y la alta dirección de la entidad,

ii)

el órgano de dirección de la entidad,

iii)

el tercero al que se ha externalizado la tarea, actividad o función;

b)

revisar otros documentos pertinentes de la entidad o del tercero.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito