+Artículo 4 Externalización
---+Artículo 4 1
---+Artículo 4 2
---+Artículo 4 3
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Artículo 4 Externalización
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 4 1
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1. Las autoridades competentes verificarán que la externalización por parte de una entidad de cualquier tarea, actividad o función relacionada con el diseño, la aplicación y la validación de modelos internos no impida u obstaculice la aplicación de la metodología de evaluación establecida en el presente Reglamento.
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Artículo 4 2
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2. A efectos del apartado 1, las autoridades competentes verificarán si:
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a)
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las tareas y responsabilidades reservadas a la unidad de control de riesgos no se externalizan;
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b)
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la alta dirección y el órgano de dirección participan activamente en la supervisión de toda tarea externalizada por la entidad y en la adquisición por parte de terceros de soluciones informáticas de gestión de riesgos;
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c)
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la propia entidad tiene un conocimiento suficiente de las tareas, actividades o funciones externalizadas y de la estructura de los datos y metodologías obtenidos de un tercero, y es capaz de verificar la calidad del trabajo realizado por el tercero al que externalice sus tareas, así como los resultados de dicho trabajo;
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d)
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la auditoría interna y el seguimiento continuo por parte de la entidad de las tareas, actividades y funciones externalizadas no se ven limitados ni obstaculizados por dicha externalización;
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e)
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se concede pleno acceso a toda la información pertinente a las autoridades competentes.
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Artículo 4 3
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3. Las autoridades competentes verificarán que los terceros implicados en el desarrollo de métodos de evaluación del riesgo de mercado utilizados por la entidad no participan en la validación interna inicial o continua del modelo por parte de la entidad.
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Artículo 4 4
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4. A efectos de los apartados 1, 2 y 3, las autoridades competentes revisarán el acuerdo de externalización entre la entidad y el tercero. Cuando proceda, las autoridades competentes también podrán:
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a)
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entrevistar a cualquiera de las siguientes personas o exigir la presentación de declaraciones escritas de cualquiera de las siguientes personas:
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i)
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el personal y la alta dirección de la entidad,
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ii)
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el órgano de dirección de la entidad,
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iii)
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el tercero al que se ha externalizado la tarea, actividad o función;
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b)
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revisar otros documentos pertinentes de la entidad o del tercero.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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