+Artículo 3 Información relativa a la dirección, gestión y propiedad
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Artículo 3 Información relativa a la dirección, gestión y propiedad

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 3 1

1.   Las autoridades competentes de los Estados miembros de origen facilitarán a las autoridades competentes de un Estado miembro de acogida la estructura organizativa de la entidad, incluidas sus líneas de negocio y sus relaciones con las entidades dentro del grupo.

Artículo 3 2

2.   Además de la información especificada en el apartado 1, las autoridades competentes del Estado miembro de origen facilitarán a las autoridades competentes de un Estado miembro de acogida que supervisen una sucursal significativa a tenor del artículo 51 de la Directiva 2013/36/UE la información siguiente en relación con una entidad:

a)

la estructura del órgano de dirección y la alta dirección, incluida la asignación de responsabilidades para la supervisión de una sucursal;

b)

la lista de los accionistas y socios con participaciones cualificadas sobre la base de la información facilitada por la entidad de crédito, de conformidad con el artículo 26, apartado 1, de la Directiva 2013/36/UE.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito