+Artículo 43 Ejercicio de las facultades supervisoras y sancionadoras
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Artículo 43 Ejercicio de las facultades supervisoras y sancionadoras
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 43 1.
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Los Estados miembros velarán por que, al determinar el tipo y el nivel de las sanciones administrativas y otras medidas administrativas, las autoridades competentes que hayan designado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40, apartado 2, tengan en cuenta todas las circunstancias pertinentes, entre ellas, en su caso:
▼B
a)
la gravedad y duración de la infracción;
b)
el grado de importancia del índice de referencia para la estabilidad financiera y para la economía real;
c)
el grado de responsabilidad de la persona responsable;
d)
la solidez financiera de la persona responsable, según se deduzca, en particular, del volumen de negocios total anual de la persona jurídica responsable o los ingresos anuales de la persona física responsable;
e)
la magnitud de las ganancias obtenidas o las pérdidas evitadas por la persona responsable, cuando las mismas puedan determinarse;
f)
el grado de cooperación de la persona responsable con la autoridad competente, sin perjuicio de la obligación de que dicha persona restituya las ganancias obtenidas o las pérdidas evitadas;
g)
las anteriores infracciones de la persona de que se trate;
h)
las medidas adoptadas tras la infracción por una persona responsable, para evitar que aquella se repita.
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Artículo 43 2.
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Cuando ejerzan sus facultades para imponer sanciones administrativas y otras medidas administrativas con arreglo al artículo 42, las autoridades competentes cooperarán estrechamente para garantizar que las facultades de supervisión e investigación y las sanciones y otras medidas administrativas produzcan los resultados que persigue el presente Reglamento. Coordinarán asimismo su actuación para evitar posibles duplicaciones y solapamientos cuando ejerzan dichas facultades de supervisión e investigación y apliquen sanciones administrativas, incluidas multas, y otras medidas administrativas en casos transfronterizos.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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