+Artículo 53 Informe sobre la situación financiera y de solvencia: principios aplicables
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Artículo 53 Informe sobre la situación financiera y de solvencia: principios aplicables

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 53 1.

Las autoridades de supervisión autorizarán a las empresas de seguros y de reaseguros a no divulgar información en los siguientes casos:

a) 

cuando la divulgación de tal información permita a los competidores de la empresa adquirir indebidamente una ventaja significativa;

b) 

cuando los compromisos con los tomadores de seguros o las relaciones con otras contrapartes obliguen a la empresa al secreto o la confidencialidad.

Artículo 53 2.
Cuando las autoridades de supervisión hayan permitido la no divulgación de información, las empresas harán una declaración a este respecto en su informe sobre la situación financiera y de solvencia e indicarán las razones.
Artículo 53 3.
Las autoridades de supervisión permitirán a las empresas de seguros y de reaseguros hacer uso de la información publicada en virtud de otros requisitos legales o reglamentarios o hacer referencia a ella, en la medida en que dicha información sea equivalente, por su naturaleza y alcance, a la exigida en aplicación del artículo 51.
Artículo 53 4.
Los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la información a que se refiere el artículo 51, apartado 1, letra e).

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito