+Artículo 135 Actos delegados y normas técnicas de regulación relativas a los requisitos cualitativos
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Artículo 135 Actos delegados y normas técnicas de regulación relativas a los requisitos cualitativos

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 135 1.

La Comisión podrá adoptar, de conformidad con el artículo 301 bis, actos delegados en los que se establezcan requisitos cualitativos en los siguientes ámbitos:

a) 

identificación, medición, control y gestión de los riesgos derivados de las inversiones, en relación con el artículo 132, apartado 2, párrafo primero;

b) 

identificación, medición, control y gestión de riesgos específicos derivados de las inversiones en instrumentos derivados y activos a que se refiere el artículo 132, apartado 4, párrafo segundo, y determinación de la medida en que el uso de dichos activos corresponde a la reducción de riesgos o a la gestión eficaz de la cartera a que se refiere el artículo 132, apartado 4, párrafo tercero.

Artículo 135 2.
La Comisión adoptará, de conformidad con el artículo 301 bis de la presente Directiva, actos delegados que completen la presente Directiva mediante la especificación de las circunstancias en las cuales podrá imponerse una exigencia de capital adicional proporcional por haberse incumplido los requisitos establecidos en los artículos 5 o 6 del Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 13 ), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 101, apartado 3, de la presente Directiva.
Artículo 135 3.
A fin de asegurar una armonización coherente en relación con el apartado 2 del presente artículo, la AESPJ elaborará, sin perjuicio del artículo 301 ter, proyectos de normas técnicas de regulación que especifiquen las metodologías para el cálculo de la exigencia de capital adicional proporcional mencionada en dicho apartado.

Se otorgan a la Comisión los poderes para complementar la presente Directiva mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el presente apartado de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito