+Artículo 28 1.

Artículo 28 1.

Cada FMM deberá contar con procesos sólidos para llevar a cabo pruebas de resistencia que determinen posibles hechos o cambios futuros en la coyuntura económica que puedan tener repercusiones negativas sobre el FMM. El FMM o el gestor de un FMM evaluarán el posible impacto que dichos acontecimientos o cambios podrían tener en el FMM. El FMM o el gestor de un FMM efectuarán periódicamente pruebas de resistencia ante distintos escenarios posibles.

Las pruebas de resistencia se basarán en criterios objetivos y examinarán los efectos de escenarios críticos verosímiles. Los escenarios utilizados para las pruebas de resistencia deberán tomar en consideración una serie de parámetros de referencia que incluirán, como mínimo, los factores siguientes:

a) 

cambios hipotéticos en el nivel de liquidez de los activos mantenidos en la cartera del FMM;

b) 

cambios hipotéticos en el nivel de riesgo de crédito de los activos mantenidos en la cartera del FMM, incluidos los eventos de crédito y los eventos de calificación;

c) 

variaciones hipotéticas de los tipos de interés y tipos de cambio;

d) 

niveles hipotéticos de reembolso;

e) 

la ampliación o reducción hipotéticas de los diferenciales entre índices a los que estén vinculados los tipos de interés de los valores de la cartera;

f) 

impactos macrosistémicos hipotéticos que afecten a la economía en su conjunto.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito