+Artículo 6 Medidas para facilitar la automatización de los pagos
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Artículo 6 Medidas para facilitar la automatización de los pagos

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 6 1.
El proveedor de servicios de pago deberá comunicar, cuando corresponda, al usuario de los servicios de pago el número identificador de cuenta de pago internacional (IBAN) del usuario de los servicios de pago y el código identificador de la entidad (BIC) del proveedor de servicios de pago.

Asimismo, cuando corresponda, el proveedor de servicios de pago deberá indicar en los extractos de cuenta del usuario de servicios de pago, o en anexo a estos, el IBAN del usuario de los servicios de pago y el BIC del proveedor de servicios de pago.

El proveedor de servicios de pago suministrará al usuario del servicio de pago la información exigida en virtud del presente apartado de forma gratuita.

Artículo 6 2.
El proveedor de servicios de pago podrá cobrar al usuario de servicios de pago comisiones adicionales a las que se cobran de conformidad con el artículo 3, apartado 1, del presente Reglamento, en caso de que el usuario encargue al proveedor de servicios de pago que ejecute una operación de pago transfronterizo sin comunicarle el número IBAN y, cuando proceda y con arreglo al Reglamento (UE) n.o 260/2012, el BIC correspondiente a la cuenta de pago en el otro Estado miembro. Dichas comisiones deberán ser adecuadas y estar en consonancia con los costes. Las comisiones deberán acordarse entre el proveedor de servicios de pago y el usuario de servicios de pago. El proveedor de servicios de pago informará al usuario de servicios de pago del importe de las comisiones adicionales con antelación suficiente, antes de que un acuerdo de este tipo obligue al usuario de los servicios de pago.
Artículo 6 3.
Cuando proceda por la naturaleza de la operación de pago, el proveedor de bienes y servicios que acepte pagos regulados por el presente Reglamento comunicará a sus clientes su IBAN y el BIC de su proveedor de servicios de pago por toda facturación de bienes o servicios en la Unión.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito