+Project Risk Management
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Project Risk Management
Perform a risk assessment of the ICT project. Conduct testing of all project management requirements, including security requirements. Establish an approval process for deploying to the production environment.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Regulaciones relacionadas
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Regulaciones relacionadas
Regulaciones
| Fuente |
Regulación |
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EULAW
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Artículo 15 1.
Dentro de las salvaguardias para preservar la disponibilidad, autenticidad, integridad y confidencialidad de los datos, las entidades financieras elaborarán, documentarán y aplicarán una política de gestión de proyectos de TIC.
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EULAW
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Artículo 15 2.
La política de gestión de proyectos de TIC a que se refiere el apartado 1 especificará los elementos que garanticen la gestión eficaz de los proyectos de TIC relacionados con la adquisición, el mantenimiento y, en su caso, el desarrollo de los sistemas de TIC de la entidad financiera.
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EULAW
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Artículo 15 3.
La política de gestión de proyectos de TIC a que se refiere el apartado 1 contendrá todos los aspectos siguientes:
a)
objetivos de los proyectos de TIC;
b)
gobernanza de los proyectos de TIC, en particular las funciones y responsabilidades;
c)
planificación, calendario y etapas de los proyectos de TIC;
d)
evaluación de los riesgos de los proyectos de TIC;
f)
requisitos en materia de gestión de los cambios;
g)
sometimiento a prueba de todos los requisitos, entre ellos los requisitos de seguridad, y proceso correspondiente de aprobación para la implementación de un sistema de TIC en el entorno de producción.
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EULAW
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Artículo 15 4.
La política de gestión de proyectos de TIC a que se refiere el apartado 1 garantizará la ejecución segura de los proyectos de TIC mediante la facilitación, por el sector o las funciones empresariales a los que afecte el proyecto de TIC, de la información y los conocimientos especializados necesarios.
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EULAW
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Artículo 15 5.
De conformidad con la evaluación de los riesgos de los proyectos de TIC contemplada en el apartado 3, letra d), la política de gestión de proyectos de TIC a que se refiere el apartado 1 dispondrá la obligación de informar al órgano de dirección, tal como se indica a continuación, de la puesta en marcha y el avance de los proyectos de TIC que afecten a funciones esenciales o importantes de la entidad financiera, así como de los riesgos asociados a tales proyectos:
a)
de forma individual o agregada, dependiendo de la importancia y las dimensiones de los proyectos de TIC;
b)
periódicamente y, en caso necesario, en función de hechos específicos.
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