+Artículo 75 Condiciones específicas de tratamiento
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Artículo 75 Condiciones específicas de tratamiento

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 75 1

1.   Cuando el Derecho de la Unión aplicable al responsable del tratamiento encargado de la transmisión establezca condiciones específicas para el tratamiento, el responsable del tratamiento informará de dichas condiciones y de la exigencia de cumplirlas al destinatario de dichos datos personales operativos.

Artículo 75 2

2.   El responsable del tratamiento cumplirá las condiciones específicas de tratamiento establecidas por la autoridad competente para la transmisión de conformidad con el artículo 9, apartados 3 y 4, de la Directiva (UE) 2016/680.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito