+Artículo 52 5

Artículo 52 5

5.   La AESPJ elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para especificar el contenido de las cláusulas contractuales a que se refiere el apartado 1, teniendo en cuenta los diferentes modelos de negocio de las entidades mencionadas en él.

La AESPJ presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 29 de julio de 2027.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar la presente Directiva mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero, con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito