+Artículo 64 Decisión de la autoridad de resolución
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Artículo 64 Decisión de la autoridad de resolución

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 64 1

1.   Cuando reciba una comunicación de la autoridad de supervisión con arreglo al artículo 63, apartado 3, o por iniciativa propia, la autoridad de resolución determinará si se cumplen las condiciones del artículo 19, apartado 1, o del artículo 20, apartado 3, en relación con la entidad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras a) a e), de que se trate.

Artículo 64 2

2.   La decisión de adoptar o no una medida de resolución en relación con una entidad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras a) a e), contendrá las razones de dicha decisión.

Cuando se adopte la decisión de adoptar una medida de resolución, la decisión incluirá también la siguiente información: la medida de resolución y, en su caso, la determinación de solicitar la liquidación, el nombramiento de un administrador o cualquier otra medida con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios u otras medidas de resolución aplicables, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26, apartado 7, con arreglo al Derecho nacional.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito