|
+ANEXO III |
ANEXO III
ANEXO III Normas de compensación de la duración 1. Un derivado sobre tipos de interés se convertirá a la posición equivalente en su activo subyacente de acuerdo con el siguiente método: La posición equivalente en el activo subyacente de cada instrumento derivado sobre tipos de interés será igual a su duración dividida por la duración objetivo del FIA y multiplicada por la posición en el activo subyacente equivalente:
donde:
—
duración
IFD representa la duración (sensibilidad del valor de mercado del instrumento financiero derivado a los movimientos de los tipos de interés) del instrumento derivado sobre tipos de interés,
—
duración
objetivo es coherente con la estrategia de inversión, las posiciones direccionales y el nivel de riesgo previsto en todo momento, y, de no ser así, se adaptará; asimismo, es coherente con la duración de la cartera en condiciones normales de mercado,
—
VCderivado es el valor de conversión de la posición en el derivado calculado de acuerdo con el anexo II.
2. Las posiciones equivalentes en el activo subyacente calculadas con arreglo al apartado 1 se compensarán del siguiente modo:
a)
Cada instrumento derivado sobre tipos de interés se asignará a la pertinente banda de vencimientos de la siguiente escala: Bandas de vencimientos
1.
0 - 2 años
2.
2 - 7 años
3.
7 - 15 años
4.
> 15 años
b)
Las posiciones equivalentes largas y cortas en el activo subyacente se compensarán dentro de cada banda de vencimientos. El importe de las posiciones largas compensado con las posiciones cortas será el importe compensado para esa banda de vencimientos.
c)
Comenzando por la banda de vencimientos más corta, los importes compensados entre dos bandas de vencimientos contiguas se calcularán compensando el importe de la posición larga (o corta) restante no compensado en la banda de vencimientos (i) con el importe de la posición corta (o larga) restante no compensado en la banda de vencimientos (i + 1).
d)
Comenzando por la banda de vencimientos más corta, los importes compensados entre dos bandas de vencimientos alejadas separadas por otra se calcularán compensando el importe de la posición larga (o corta) restante no compensado en la banda de vencimientos (i) con el importe de la posición corta (o larga) restante no compensado en la banda de vencimientos (i + 2).
e)
Se calculará el importe compensado entre las posiciones largas y cortas restantes no compensadas de las dos bandas de vencimientos más alejadas. 3. El FIA calculará sus exposiciones como la suma de los valores absolutos:
—
0 % del importe compensado de cada banda de vencimientos,
—
40 % de los importes compensados entre dos bandas de vencimientos contiguas, (i) y (i + 1),
—
75 % de los importes compensados entre dos bandas de vencimientos alejadas separadas por otra banda, esto es, bandas de vencimientos (i) y (i + 2),
—
100 % de los importes compensados entre las dos bandas de vencimientos más alejadas, y
—
100 % de las restantes posiciones no compensadas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|