+Artículo 83 Riesgo de mercado
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Artículo 83 Riesgo de mercado

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 83 1.
Las autoridades competentes velarán por que se apliquen políticas y procedimientos para la determinación, valoración y gestión de todas las fuentes significativas de riesgos de mercado y de los efectos de tales riesgos que sean significativos.
Artículo 83 2.
Cuando la posición corta venza antes que la posición larga, las autoridades competentes velarán por que las entidades tomen asimismo medidas contra el riesgo de insuficiencia de liquidez.
Artículo 83 3.
El capital interno deberá ser adecuado para cubrir los riesgos de mercado significativos que no estén sujetos a un requisito de fondos propios.

Las entidades que, al calcular los requisitos de fondos propios por riesgo de posición de conformidad con la parte tercera, título IV, capítulo 2, del Reglamento (UE) no 575/2013, hayan compensado sus posiciones en una o varias de las acciones que constituyan un índice bursátil con una o varias posiciones en el contrato de futuros u otro producto basado en el índice bursátil, dispondrán de capital interno adecuado para cubrir el riesgo de pérdida de base resultante de la diferencia entre la evolución del valor del contrato de futuros o del otro producto y la del valor de las acciones que lo componen. Las entidades dispondrán también del mencionado capital interno adecuado cuando mantengan posiciones opuestas en contratos de futuros basados en índices bursátiles cuyo vencimiento y/o composición no sean idénticos.

Cuando apliquen el régimen previsto en el artículo 345 del Reglamento (UE) no 575/2013, las entidades se asegurarán de que poseen suficiente capital interno frente al riesgo de pérdida que existe entre el momento del compromiso inicial y el siguiente día laborable.

Artículo 83 4.
Las autoridades competentes velarán por que las entidades lleven a cabo una evaluación ex ante de cualquier exposición a criptoactivos que tengan intención de asumir y de la adecuación de los procesos y procedimientos existentes para gestionar el riesgo de mercado, e informen de dichas evaluaciones a su autoridad competente.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito