+Artículo 29 2.
|
Artículo 29 2.
En caso de una ampliación de una homologación de tipo UE, la autoridad de homologación expedirá al solicitante, sin dilación injustificada, el certificado de homologación de tipo UE actualizado contemplado en el artículo 28, apartado 2, párrafo segundo, incluidos sus anexos y el índice del expediente de homologación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|