+Artículo 2 2.

Artículo 2 2.

El presente Reglamento también se aplica a las emisiones y absorciones de los gases de efecto invernadero que figuran en la sección A del anexo I del presente Reglamento, notificadas con arreglo al artículo 26, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1999 y que se produzcan en el territorio de los Estados miembros en el período de 2026 a 2030 en cualquiera de las siguientes categorías o sectores de notificación:

a) 

tierras forestales;

b) 

cultivos;

c) 

pastos;

d) 

humedales;

e) 

asentamientos;

f) 

otras tierras;

g) 

productos de madera aprovechada;

h) 

otros;

i) 

deposición atmosférica;

j) 

lixiviación y escorrentía del nitrógeno.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito