Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece obligaciones para los Estados miembros respecto de sus contribuciones mínimas en el período de 2021 a 2030 para alcanzar en 2030 el objetivo de la Unión de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 40 % por debajo de los niveles de 2005 en los sectores regulados por el artículo 2 del presente Reglamento. Contribuye al objetivo a largo plazo de la neutralidad climática en la Unión a más tardar en 2050, con el fin de lograr unas emisiones negativas a partir de esa fecha. De este modo, contribuye a la consecución de los objetivos del Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo (
1
) («Legislación europea sobre el clima») y el Acuerdo de París. El presente Reglamento establece asimismo las normas relativas a la determinación de las asignaciones anuales de emisiones y a la evaluación de los avances de los Estados miembros hacia el cumplimiento de sus contribuciones mínimas.
▼B