+Artículo 6 2.
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Artículo 6 2.
Los derechos de emisión del RCDE UE utilizados con arreglo al apartado 1 del presente artículo serán considerados derechos de emisión del RCDE UE en circulación a efectos del artículo 1, apartado 4, de la Decisión (UE) 2015/1814. En la primera revisión efectuada conforme al artículo 3 de esa Decisión, la Comisión examinará si tales derechos de emisión se deben seguir contabilizando como se establece en el párrafo primero del presente apartado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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