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+Artículo 7 2. |
Artículo 7 2.La fianza o seguro equivalente cubrirá los costes que surjan en el contexto de los supuestos siguientes:
a)
el traslado, la valorización o la eliminación no puede efectuarse de acuerdo con lo previsto, tal como se indica en el artículo 22;
b)
el traslado, la valorización o la eliminación sea ilícito, tal como se indica en el artículo 25. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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