+Artículo 9 7.

Artículo 9 7.

Las autoridades competentes correspondientes retirarán su autorización tácita o por escrito, a petición del notificante o cuando tengan conocimiento de que:

a) 

la composición de los residuos no se corresponde con la notificada;

b) 

no se respetan las condiciones impuestas al traslado;

c) 

no se procede a la valorización o la eliminación de los residuos de conformidad con el permiso de la instalación que realice la valorización o la eliminación;

d) 

los residuos serán trasladados, valorizados o eliminados, o ya se han trasladado, valorizado o eliminado de una manera que no se corresponde con la información proporcionada o adjunta a los documentos de notificación y movimiento;

e) 

la extinción de la garantía financiera;

f) 

la extinción del contrato.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito