+Artículo 14 12.
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Artículo 14 12.
En el caso de una notificación general presentada de conformidad con el artículo 13 relativa a los traslados destinados a una instalación con autorización previa, el período de validez de la autorización a que se refiere el artículo 9, apartado 4, se prorrogará tres años. Como excepción a lo dispuesto en el párrafo primero, las autoridades competentes correspondientes podrán decidir, en casos debidamente justificados, prorrogar el período de validez por un período de menos de tres años.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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