+Artículo 26 3.

Artículo 26 3.

Los costes generados por las operaciones de valorización o eliminación con arreglo al artículo 25, apartado 10, incluidos los posibles costes de transporte y almacenamiento, con arreglo al artículo 25, apartado 12, se imputarán:

a) 

al notificante o a la persona considerada como notificante de conformidad con el artículo 25, apartado 2, letra b), el artículo 25, apartado 6, o el artículo 25, apartado 7, o al destinatario, o a ambos, en función de la decisión adoptada por las autoridades competentes correspondientes; o, si esto no fuera viable, de conformidad con la letra b);

b) 

a otras personas físicas o jurídicas, según corresponda, o, si esto tampoco fuera viable, de conformidad con la letra c);

c) 

a las autoridades competentes de expedición y de destino.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito