+Artículo 3 8

Artículo 3 8

8.   La política especificará explícitamente que los acuerdos contractuales:

a)

no eximen a la entidad financiera ni a su órgano de dirección de sus obligaciones reglamentarias ni de sus responsabilidades frente a sus clientes;

b)

no deben impedir la supervisión efectiva de una entidad financiera y no deben contravenir ninguna restricción sobre servicios y actividades impuesta por el supervisor;

c)

deben exigir que los proveedores terceros de servicios de TIC cooperen con las autoridades competentes;

d)

deben exigir que la entidad financiera, sus auditores y las autoridades competentes tengan acceso efectivo a los datos y locales relacionados con el uso de servicios de TIC que sustenten funciones esenciales o importantes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito