3. La política determinará el proceso de diligencia debida con vistas a la selección y evaluación de los posibles proveedores terceros de servicios de TIC e indicará cuáles de los siguientes elementos deben utilizarse para alcanzar el nivel de garantía requerido respecto del desempeño del proveedor tercero de servicios de TIC:
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a)
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auditorías o evaluaciones independientes realizadas por la propia entidad financiera o en su nombre;
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b)
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informes de auditoría independientes elaborados a petición del proveedor tercero de servicios de TIC;
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c)
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informes de auditoría elaborados por la función de auditoría interna del proveedor tercero de servicios de TIC;
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d)
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certificaciones adecuadas de terceros;
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e)
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otras informaciones pertinentes de que disponga la entidad financiera o facilitadas por el proveedor tercero de servicios de TIC.
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