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el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. Las ECC mantendrán y aplicarán una estructura organizativa que garantice la continuidad y el correcto funcionamiento de la prestación de sus servicios y la realización de sus actividades. Emplearán sistemas, recursos y procedimientos adecuados y proporcionados, incluidos sistemas de TIC gestionados de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2).
(*2) Reglamento (UE) 2022/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009, (UE) n.o 648/2012, (UE) n.o 600/2014, (UE) n.o 909/2014 y (UE) 2016/1011 (DO L 333 de 27.12.2022, p. 1).»;"
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