+Artículo 1 4

Artículo 1 4

4.   En relación con la cantidad o el número de transacciones afectadas por el incidente a que se refiere el artículo 18, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2022/2554, la entidad financiera tendrá en cuenta todas las transacciones afectadas que impliquen un importe monetario cuando al menos una parte de la transacción se lleve a cabo en la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito