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+Artículo 9 6 |
Artículo 9 66. Se alcanzará el umbral de importancia relativa para el criterio «consecuencias económicas» cuando los costes y las pérdidas sufridas por la entidad financiera debido al incidente hayan superado o probablemente puedan superar los 100 000 EUR. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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