+Artículo 2 3

Artículo 2 3

3.   El subcriterio 1.2 establecido en el apartado 1, letra b), se calculará como sigue:

valor total de los activos de las entidades financieras de una categoría de entidades financieras

del artículo 2,apartado 1,del Reglamento (UE) 2022/2554

a las que presta servicios de TIC el mismo proveedor tercero de servicios de TIC,

cuando tales servicios apoyen funciones esenciales o importantes de las entidades financieras

valor total de los activos de todas las entidades financieras de la UE

de la categoría de entidades financieras pertinente del artículo 2,apartado 1,del Reglamento (UE) 2022/2554

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito