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+Artículo 3 4 |
Artículo 3 44. Al designar a los miembros del equipo conjunto de examinadores, las autoridades a que se refiere el artículo 40, apartado 2, del Reglamento (UE) 2022/2554 tendrán en cuenta, como mínimo, el apartado 3, letras c), d), e), g) y h). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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