+Artículo 91 2 bis.

Artículo 91 2 bis.

Cada uno de los miembros del órgano de dirección gozará de la oportuna honorabilidad, actuará con honestidad, integridad e independencia de ideas para evaluar y cuestionar de manera efectiva, en su caso, las decisiones del órgano de dirección y para supervisar y seguir de manera efectiva la toma de decisiones de la dirección. Ser miembro del órgano de dirección de una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central no constituirá, en sí, un obstáculo para actuar con independencia de ideas.

1. Overzicht

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Titel Regelgeving

1.1 Referenties

1.2 Geïdentificeerde eisen

1.3 Gerelateerde standaarden

2. Geïdentificeerde eisen

Eisen
Bron Eis

3. Gerelateerde standaarden

Standaarden
Bron Eis
  • Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
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