+Artículo 91 2 bis.
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Artículo 91 2 bis.
Cada uno de los miembros del órgano de dirección gozará de la oportuna honorabilidad, actuará con honestidad, integridad e independencia de ideas para evaluar y cuestionar de manera efectiva, en su caso, las decisiones del órgano de dirección y para supervisar y seguir de manera efectiva la toma de decisiones de la dirección. Ser miembro del órgano de dirección de una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central no constituirá, en sí, un obstáculo para actuar con independencia de ideas.
1. Übersicht
| Bezeichnung |
Regulierung |
,
1.1 Referenzen
1.2 Identifizierte Anforderungen
1.3 Zugehörige Standards
2. Identifizierte Anforderungen
Anforderungen
| Quelle |
Anforderung |
3. Zugehörige Standards
Standards
| Quelle |
Anforderung |
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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