+Subsección 2 Requisito mínimo de los fondos propios y los pasivos admisibles
---+Artículo 45 Aplicación y cálculo del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 45 1.
------+Artículo 45 2.
------+Artículo 45 3.
---+Artículo 45bis Exención del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 45bis 1.
------+Artículo 45bis 2.
---+Artículo 45ter Pasivos admisibles para las entidades de resolución
------+Artículo 45ter 1.
------+Artículo 45ter 2.
------+Artículo 45ter 3.
------+Artículo 45ter 4.
------+Artículo 45ter 5.
------+Artículo 45ter 6.
------+Artículo 45ter 7.
------+Artículo 45ter 8.
------+Artículo 45ter 9.
---+Artículo 45quater Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 45quater 1.
------+Artículo 45quater 2.
------+Article 45c 2a.
------+Artículo 45quater 3.
------+Artículo 45quater 4.
------+Artículo 45quater 5.
------+Artículo 45quater 6.
------+Artículo 45quater 7.
------+Artículo 45quater 8.
------+Artículo 45quater 9.
------+Artículo 45quater 10.
---+Artículo 45quinquies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para las entidades de resolución de las EISM y las filiales significativas de la Unión de las EISM de fuera de la UE
------+Artículo 45quinquies 1.
------+Artículo 45quinquies 2.
------+Artículo 45quinquies 3.
------+Artículo 45quinquies 4.
------+Artículo 45quinquies 5.
---+Artículo 45sexies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades de resolución
------+Artículo 45sexies 1.
------+Artículo 45sexies 2.
------+Artículo 45sexies 3.
---+Artículo 45septies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no son entidades de resolución
------+Artículo 45septies 1.
------+Artículo 45septies 2.
------+Article 45f 2a.
------+Article 45f 2b.
------+Artículo 45septies 3.
------+Artículo 45septies 4.
------+Artículo 45septies 5.
---+Artículo 45octies Exención aplicable a un organismo central y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central
---+Artículo 45nonies Procedimiento para determinar el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 45nonies 1.
------+Artículo 45nonies 2.
------+Artículo 45nonies 3.
------+Artículo 45nonies 4.
------+Artículo 45nonies 5.
------+Artículo 45nonies 6.
------+Artículo 45nonies 7.
------+Artículo 45nonies 8.
---+Artículo 45decies Información de supervisión y divulgación pública del requisito
------+Artículo 45decies 1.
------+Artículo 45decies 2.
------+Artículo 45decies 3.
------+Artículo 45decies 4.
------+Artículo 45decies 5.
------+Artículo 45decies 6.
------+Artículo 45decies 7.
---+Artículo 45undecies Notificación a la ABE
------+Artículo 45undecies 1.
------+Artículo 45undecies 2.
---+Artículo 45duodecies Incumplimiento del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
------+Artículo 45duodecies 1.
------+Artículo 45duodecies 2.
---+Artículo 45terdecies Informes
------+Artículo 45terdecies 1.
------+Artículo 45terdecies 2.
------+Artículo 45terdecies 3.
---+Artículo 45quaterdecies Disposiciones transitorias y posteriores a la resolución
------+Artículo 45quaterdecies 1.
------+Artículo 45quaterdecies 2.
------+Artículo 45quaterdecies 3.
------+Artículo 45quaterdecies 4.
------+Artículo 45quaterdecies 5.
------+Artículo 45quaterdecies 6.
------+Artículo 45quaterdecies 7.
------+Artículo 45quaterdecies 8.

Subsección 2 Requisito mínimo de los fondos propios y los pasivos admisibles

Subsección 2 Requisito mínimo de los fondos propios y los pasivos admisibles

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 45 Aplicación y cálculo del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 45bis Exención del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 45ter Pasivos admisibles para las entidades de resolución
Artículo 45quater Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 45quinquies Determinación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para las entidades de resolución de las EISM y las filiales significativas de la Unión de las EISM de fuera de la UE
Artículo 45sexies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades de resolución
Artículo 45septies Aplicación del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a las entidades que no son entidades de resolución
Artículo 45octies Exención aplicable a un organismo central y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central

Artículo 45 octies

Exención aplicable a un organismo central y a las entidades de crédito afiliadas de forma permanente a un organismo central

La autoridad de resolución podrá eximir total o parcialmente de la aplicación del artículo 45 septies a un organismo central o a una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central si se cumplen todas las condiciones siguientes:

a) 

que las entidades de crédito y el organismo central estén sujetos a la supervisión de la misma autoridad competente, estén establecidos en el mismo Estado miembro y formen parte del mismo grupo de resolución;

b) 

que los compromisos del organismo central y de sus entidades de crédito afiliadas de forma permanente constituyan obligaciones solidarias, o que los compromisos de las entidades de crédito afiliadas de forma permanente estén completamente garantizados por el organismo central;

c) 

que el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles, solvencia y liquidez del organismo central y de todas las entidades de crédito afiliadas de forma permanente, estén supervisados en su conjunto sobre la base de las cuentas consolidadas de esas entidades;

d) 

en el caso de una exención aplicable a una entidad de crédito afiliada de forma permanente a un organismo central, que la dirección del organismo central esté habilitada para dar instrucciones a la dirección de las entidades afiliadas de forma permanente;

e) 

que el grupo de resolución pertinente cumpla el requisito a que se refiere el artículo 45 sexies, apartado 3; y

f) 

que no existan ni se prevean obstáculos materiales de índole práctica o jurídica para la inmediata transferencia de fondos propios o el reembolso de pasivos entre el organismo central y las entidades de crédito afiliadas de forma permanente en caso de resolución.

Artículo 45nonies Procedimiento para determinar el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 45decies Información de supervisión y divulgación pública del requisito
Artículo 45undecies Notificación a la ABE
Artículo 45duodecies Incumplimiento del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
Artículo 45terdecies Informes
Artículo 45quaterdecies Disposiciones transitorias y posteriores a la resolución

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito