+Sección 2 Plazo de ejecución y fecha de valor
---+Artículo 82 Ámbito de aplicación
------+Artículo 82 1.
------+Artículo 82 2.
---+Artículo 83 Operaciones de pago a una cuenta de pago
------+Artículo 83 1.
------+Artículo 83 2.
------+Artículo 83 3.
---+Artículo 84 Beneficiarios no titulares de cuentas de pago en el proveedor de servicios de pago
---+Artículo 85 Efectivo ingresado en una cuenta de pago
---+Artículo 86 Operaciones de pago nacionales
---+Artículo 87 Fecha de valor y disponibilidad de los fondos
------+Artículo 87 1.
------+Artículo 87 2.
------+Artículo 87 3.

Sección 2 Plazo de ejecución y fecha de valor

Sección 2 Plazo de ejecución y fecha de valor

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 82 Ámbito de aplicación -
Artículo 83 Operaciones de pago a una cuenta de pago -
Artículo 84 Beneficiarios no titulares de cuentas de pago en el proveedor de servicios de pago

Artículo 84

Beneficiarios no titulares de cuentas de pago en el proveedor de servicios de pago

Cuando el beneficiario no sea titular de una cuenta de pago en el proveedor de servicios de pago, el proveedor de servicios de pago que reciba los fondos para el beneficiario deberá ponerlos a disposición de este en el plazo establecido en el artículo 83.

Artículo 85 Efectivo ingresado en una cuenta de pago

Artículo 85

Efectivo ingresado en una cuenta de pago

Cuando un consumidor ingrese, en una cuenta de pago en un proveedor de servicios de pago, efectivo en la moneda de dicha cuenta, el proveedor de servicios de pago velará por que el importe esté disponible inmediatamente después del momento de recepción de los fondos y por que se le atribuya una fecha de valor inmediatamente posterior a ese momento. Cuando el usuario de servicios de pago no sea un consumidor, el importe deberá estar disponible, y con fecha de valor de ese mismo día, a más tardar el día hábil siguiente al de la recepción de los fondos.

Artículo 86 Operaciones de pago nacionales

Artículo 86

Operaciones de pago nacionales

En el caso de las operaciones de pago nacionales, los Estados miembros podrán establecer plazos máximos de ejecución inferiores a los indicados en la presente sección.

Artículo 87 Fecha de valor y disponibilidad de los fondos -

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito