|
+Artículo 109 Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144 |
Artículo 109 Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144Artículo 109 Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144 En el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/2144, se añade el párrafo siguiente:
«3.
Al adoptar actos de ejecución en virtud del apartado 2 relativos a sistemas de inteligencia artificial que sean componentes de seguridad en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (
*8
), se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|