+Artículo 397 Cálculo de requisitos de fondos propios adicionales frente a grandes exposiciones en la cartera de negociación
---+Artículo 397 1.
---+Artículo 397 2.
---+Artículo 397 3.
|
Artículo 397 Cálculo de requisitos de fondos propios adicionales frente a grandes exposiciones en la cartera de negociación
-
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
Artículo 397 1.
|
Para cuantificar el exceso mencionado en el artículo 395, apartado 5, letra b), se seleccionarán los componentes de la exposición total de negociación frente a un cliente o grupo de clientes conectados que lleven asociados los requisitos más elevados por riesgo específico con arreglo a la parte tercera, título IV, capítulo 2, o los requisitos más elevados con arreglo al artículo 299 y a la parte tercera, título V, cuya suma sea igual al importe del exceso a que se refiere el artículo 395, apartado 5, letra a).
|
|
Artículo 397 2.
|
Si el exceso no se ha mantenido durante más de diez días, el requisito de capital adicional correspondiente a dichos componentes será igual al 200 % de los requisitos mencionados en el apartado 1.
|
|
Artículo 397 3.
|
A los diez días de haberse producido el exceso, sus componentes, seleccionados de conformidad con el apartado 1, se consignarán en la línea correspondiente de la columna 1 del cuadro 1 que figura a continuación, en orden creciente de los requisitos por riesgo específico de la parte tercera, título IV, capítulo 2, o los requisitos del artículo 299 y la parte tercera, título V. El requisito de fondos propios adicional será igual a la suma de los requisitos por riesgo específico de la parte tercera, título IV, capítulo 2, o los requisitos del artículo 299 y la parte tercera, título V correspondientes a dichos componentes, multiplicada por el factor correspondiente de la columna 2 del cuadro 1.
Cuadro 1
|
Columna 1: Exceso sobre los límites
(sobre la base de un porcentaje del
►M8
capital de nivel 1 ◄ )
|
Columna 2: Factores
|
|
Hasta el 40 %
|
200 %
|
|
Del 40 % al 60 %
|
300 %
|
|
Del 60 % al 80 %
|
400 %
|
|
Del 80 % al 100 %
|
500 %
|
|
Del 100 % al 250 %
|
600 %
|
|
Más del 250 %
|
900 %
|
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|