+Artículo 428bis quaterdecies Factor de financiación estable disponible del 50 %

Artículo 428bis quaterdecies Factor de financiación estable disponible del 50 %

Artículo 428 bis quaterdecies

Factor de financiación estable disponible del 50 %

▼C9

Los siguientes pasivos y elementos o instrumentos de capital estarán sujetos a un factor de financiación estable disponible del 50 %:

▼M8

a) 

los depósitos recibidos que cumplan los criterios para los depósitos operativos establecidos en el acto delegado a que se hace referencia en el artículo 460, apartado 1;

b) 

▼C9

los pasivos y elementos o instrumentos de capital que tengan un vencimiento residual inferior a un año procedentes de:

▼M8

i) 

la administración central de un Estado miembro o de un tercer país,

ii) 

gobiernos regionales o autoridades locales de un Estado miembro o de un tercer país,

iii) 

entes del sector público de un Estado miembro o de un tercer país,

iv) 

los bancos multilaterales de desarrollo a que se refiere el artículo 117, apartado 2, y las organizaciones internacionales a que se refiere el artículo 118,

v) 

clientes corporativos no financieros,

vi) 

cooperativas de crédito autorizadas por una autoridad competente, sociedades de inversión personales y clientes que sean intermediarios de depósitos, exceptuando los depósitos recibidos que cumplan los criterios para los depósitos operativos establecidos en el acto delegado a que se hace referencia en el artículo 460, apartado 1.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito