+16. En relación con la exigencia de adoptar otras medidas para cumplir el requisito mínimo de …
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16. En relación con la exigencia de adoptar otras medidas para cumplir el requisito mínimo de …
En relación con la exigencia de adoptar otras medidas para cumplir el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles establecido en el artículo 45 de la Directiva 2014/59/UE, incluidos, en particular, los intentos de renegociar cualquier pasivo admisible, instrumento de capital adicional de nivel 1 o instrumento de nivel 2 que haya emitido, con el fin de garantizar que las decisiones de amortización o conversión de ese pasivo o instrumento que pudiera adoptar la autoridad de resolución se apliquen con arreglo a la legislación por la que se rija ese instrumento en virtud del artículo 17, apartado 5, letra j) de la Directiva 2014/59/UE, se aplicarán las siguientes especificaciones: Las autoridades de resolución evaluarán el riesgo de exclusión de los pasivos de contribuir a la absorción de pérdidas o a la recapitalización teniendo en cuenta, y con vistas a la estrategia de resolución, entre otras cosas, i) el vencimiento; ii) el nivel de subordinación; iii) los tipos de tomadores y la transmisibilidad; iv) el riesgo de que los pasivos se excluyan de la absorción de pérdidas en la resolución; y v) otros obstáculos jurídicos tales como la ausencia de reconocimiento de las herramientas de resolución según la legislación de un tercer país o la existencia de derechos de compensación, en cada caso con arreglo a la legislación pertinente de la jurisdicción por la que se rija dicho pasivo o instrumento.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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