+59. Los SGD de origen y de acogida podrán acordar bilateralmente que, en función del caso concreto …

59. Los SGD de origen y de acogida podrán acordar bilateralmente que, en función del caso concreto …

Los SGD de origen y de acogida podrán acordar bilateralmente que, en función del caso concreto y en ningún caso antes de que transcurran tres meses a partir de la notificación de la indisponibilidad de los depósitos, revisarán el funcionamiento y alcance de los mecanismos prácticos y las infraestructuras necesarias para la realización proporcional y continuada de los pagos por parte del SGD de acogida, de conformidad con la presente sección 5.1, efectuando los ajustes necesarios.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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