+Destinatarios
---+15. Estas Directrices van dirigidas a: a. las autoridades competentes tal como se definen en el …
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Destinatarios
Destinatarios de estas Directrices
1. Resumen
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Regulación |
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15. Estas Directrices van dirigidas a: a. las autoridades competentes tal como se definen en el …
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Estas Directrices van dirigidas a: - a. las autoridades competentes tal como se definen en el artículo 4, apartado 2, inciso i), del Reglamento (UE) n.º 1093/2010 (autoridad miembro de la ABE). Con respecto a los prestamistas y a los intermediarios de crédito mencionados en la definición de «entidades» del apartado 17 que no revistan la forma de entidades de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico según se recogen en dicha definición, las Directrices se aplicarán en la medida en que dichas autoridades hayan sido designadas como competentes para garantizar la aplicación y observancia de las disposiciones de la Directiva 2014/17/UE de las que las presentes Directrices traen causa; y a
- b. entidades financieras, según se definen en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010.
Destinatarios de los requisitos de información
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16. Con independencia de si una autoridad miembro de la ABE es destinataria de estas Directrices de …
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Con independencia de si una autoridad miembro de la ABE es destinataria de estas Directrices de conformidad con el apartado 15, cuando un Estado miembro haya designado a más de una autoridad de acuerdo con el artículo 5 de la Directiva 2014/17/UE y una de ellas no sea una autoridad miembro de la ABE, la autoridad miembro de la ABE designada en virtud de dicho artículo deberá, sin perjuicio de los mecanismos nacionales adoptados de acuerdo con el artículo 5, apartado 3, de la Directiva 2014/17/UE: - a) informar sin demora a la otra autoridad designada de la existencia de estas Directrices y de su fecha de aplicación;
- b) solicitar por escrito a dicha autoridad que considere la aplicación de las presentes Directrices;
- c) solicitar por escrito a dicha autoridad que informe a la ABE o a la autoridad miembro de la ABE en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la letra
- a) si aplica o tiene intención de aplicar estas Directrices; y
- d) cuando corresponda, enviar sin demora a la ABE la información recibida de conformidad con la letra c).
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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