+15. Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen haya comunicado a …

15. Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen haya comunicado a …

Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen haya comunicado a la autoridad competente de acogida que considera que la sucursal es importante para la entidad o para el grupo, la autoridad competente de acogida considerará si inicia el proceso establecido en el artículo 51 de la Directiva 2013/36/UE y comunicará su punto de vista al supervisor en base consolidada o a la autoridad competente de origen, de manera independiente o en el marco de la expresión de sus puntos de vista o comentarios sobre el mapeo de la entidad o del grupo de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/99 de la Comisión.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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